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miércoles, noviembre 04, 2009

LA DOSIS PERSONAL
Vuelvo a publicar la columna escrita en mayo del 2007 a proposito del debate sobre la norma sobre la penalización de la dosis personal, la cual a pesar de sus modificaciones, continua siendo nefasta y retrograda. El ejecutivo insiste en el capricho de imponer sus mayorias legislativas en esta materia, muy a pesar de ir contra de la tendencia mundial, sería aconsejable que se revisaran las discusiones en el congreso americano en las últimas semanas para confirmar lo anacrnico y perjudicial del proyecto .
El legislador no puede válidamente establecer más limitaciones que aquéllas que estén en armonía con el espíritu de la Constitución. La primera consecuencia que se deriva de la autonomía, consiste en que es la propia persona (y no nadie por ella) quien debe darle sentido a su existencia y, en armonía con él, un rumbo. Si a la persona se le reconoce esa autonomía, no puede limitársela sino en la medida en que entra en conflicto con la autonomía ajena. El considerar a la persona como autónoma.Qué puede hacer el Estado, si encuentra indeseable el consumo de narcóticos y estupefacientes y juzga deseable evitarlo, sin vulnerar la libertad de las personas? Cree la Corte que la única vía adecuada y compatible con los principios que el propio Estado se ha comprometido a respetar y a promover, consiste en brindar al conglomerado que constituye su pueblo, las posibilidades de educarse. ¿Conduce dicha vía a la finalidad indicada? No necesariamente, ni es de eso de lo que se trata en primer término. Se trata de que cada persona elija su forma de vida responsablemente, y para lograr ese objetivo, es preciso remover el obstáculo mayor y definitivo: la ignorancia. No puede, pues, un Estado respetuoso de la dignidad humana, de la autonomía personal y el libre desarrollo de la personalidad, escamotear su obligación irrenunciable de educar, y sustituir a ella la represión como forma de controlar el consumo de sustancias que se juzgan nocivas para la persona individualmente considerada y, eventualmente, para la comunidad a la que necesariamente se halla integrada.
Carlos Gaviria.

Toda pena que no derive de la necesidad es tiránica". Montesquieu.
No se entiende la suerte que está corriendo el proyecto de ley que penaliza la dosis personal en Colombia y que pretende imponer una medida de represión por la misma, en una actitud por parte de los áulicos del gobierno, absolutamente reaccionaria y que no corresponde a los presupuestos del derecho moderno y que está en absoluta contradicción con los principios básicos de la constitución. No se explica como el Doctor Uribe, conociendo el sistema nuestro, donde no existe ninguna resocialización, pretende que la represion, es la solución a un problema que atiende a premisas sociológicas, psicológicos y políticos de prevencion y eduación, que nada tienen que ver con este tipo de medidas . Que le esta pasando a nuestros congresistas, están perdiendo de verdad su autonomía, se les olvido pensar, no habrán tenido tiempo de leer sobre el tema en el mundo. Existe un exceso de información sobre el fracaso de las políticas de represión con respecto al consumo de drogas y basta conocer algunos puntos de vista desde perspectiva filosófica y jurídica para llegar a conclusiones que van en contravía de la actitud del gobierno con respecto al consumo y que terminarán, si continua aprobándose en la plenaria del senado, en un ley de tipo represivo y carcelario.
Describo un aparte del profesor Rodrigo Uprimny de la Universidad Nacional sobre el tema : “El principio de necesidad en materia penal tiene una implicación metodológica y es la siguiente: en una democracia, quien quiera defender la penalización de un comportamiento tiene la carga de la prueba, esto es, debe mostrar la legitimidad y conveniencia de penalización de esa conducta, pues si la penalización es prima facie un mal, entonces corresponde a quienes defienden la criminalización de una conducta mostrar su legitimidad y justicia. Ahora bien, la aplicación de esta perspectiva al problema de las drogas implicaría que quienes defienden el mantenimiento de la prohibición deberían mostrar con claridad la utilidad de esa política, y en caso de que no lo lograran, debería concluirse que dicha penalización es injusta y cruel, al ser innecesaria, y que por ello debería ser levantada. Pero en la práctica eso no es así; no sólo el establecimiento de la prohibición de las drogas y su desarrollo ulterior no estuvieron nunca fundados en estudios que mostraran la necesidad de esa penalización sino que, además, en la actualidad, a nivel político, la carga de la prueba se ha invertido y se exige a los críticos de la prohibición demostrar que ella no tiene riesgos, y mientas ello no ocurra, entonces se plantea la necesidad de preservar la penalización.
Por ello, a pesar de que la falta de una justificación clara de la necesidad de la penalización de las drogas parecería suficiente para concluir que las políticas existentes, fundadas en la prohibición, son ilegítimas, desde un punto de vista democrático, ese argumento resulta insuficiente políticamente en el contexto actual. Es necesario hacer un analísis sistemático cuales de las políticas frente a las drogas descritas anteriormente es la más adecuada en una sociedad democrática, lo que remite al viejo, pero no por ello caduco, debate en torno a la justificación de las penas.” Amanecerá y veremos